Civil y Reclamaciones
Reclamaciones de cantidad y responsabilidad civil.
Ver másSi su tarjeta revolving tiene un interés (TAE) muy por encima de la media del mercado, puede ser nula por usura: dejaría de deber intereses y podría recuperar lo pagado de más. Analizamos su contrato y sus extractos con apoyo del departamento económico del despacho.

El Tribunal Supremo considera usurario un interés notablemente superior al normal del dinero que resulte desproporcionado respecto a las circunstancias del caso. Para las tarjetas revolving, la doctrina consolidada toma como referencia el tipo medio de las tarjetas de crédito que publica el Banco de España: si la TAE de su tarjeta lo supera en más de 6 puntos porcentuales, hay un indicio claro de usura.
Si el contrato se declara nulo por usura, la consecuencia legal (artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura de 1908) es que usted solo está obligado a devolver el capital que realmente recibió, sin intereses. Si a lo largo de los años ha pagado más que ese capital, tiene derecho a que la entidad le devuelva el exceso.
La acción de nulidad por usura no prescribe: puede reclamar aunque la tarjeta lleve mucho tiempo contratada o ya esté cancelada. El departamento económico del despacho revisa los extractos y recalcula lo realmente adeudado antes de reclamar, para que la cifra reclamada sea sólida desde el primer momento.
Un camino claro, sin falsas expectativas: le explicamos cada paso antes de darlo.
Con su documentación comprobamos las condiciones y los intereses cobrados.
Nuestros economistas determinan el interés real y lo comparan con el del mercado.
Reclamamos formalmente a la entidad y, si procede, intentamos un acuerdo.
Si el banco no atiende la reclamación, acudimos al juzgado para pedir la nulidad por usura.
Despliegue cada apartado para ver el detalle.

Es una tarjeta con crédito que se devuelve en cuotas, con un interés alto: lo que paga cada mes cubre en gran parte intereses y la deuda tarda mucho en bajar. Si el interés es notablemente superior al normal del mercado, puede ser usurario.
Si el contrato se declara nulo por usura, la tarjeta deja de generar intereses y el cliente solo debe devolver el capital. Lo pagado de más en intereses y comisiones puede reclamarse.
El análisis del contrato lo hacen los economistas del despacho, que calculan el interés real aplicado y la cuantía a reclamar. Antonio Madrid Osete aporta experiencia en litigios bancarios de gran envergadura.
Antonio Madrid Osete tiene experiencia en litigios bancarios de gran envergadura (puede consultar un caso real, anonimizado, en nuestra Hemeroteca). El Departamento Económico-Pericial recalcula los intereses pagados antes de reclamar.
Según la doctrina del Tribunal Supremo, una tarjeta revolving es usuraria cuando su TAE supera en más de 6 puntos porcentuales el tipo medio de las tarjetas de crédito que publica el Banco de España para ese tipo de producto. Con un tipo medio actual en torno al 19-20%, una TAE superior al 25-26% es indicio claro de usura, aunque cada contrato se analiza de forma individual.
La declaración de nulidad por usura implica que usted solo debe devolver el capital que efectivamente dispuso, sin intereses. Si ya ha pagado más de ese capital a lo largo de los años, tiene derecho a que se le devuelva el exceso.
No. La acción de nulidad por usura no prescribe, por lo que puede reclamar independientemente de cuándo contratara la tarjeta, esté o no todavía en uso.
Idealmente el contrato de la tarjeta y los extractos o recibos de los cargos. Si no conserva el contrato, también es posible reclamar solicitando esa documentación a la entidad o partiendo del histórico de movimientos disponible.
Contenido orientativo basado en la doctrina general del Tribunal Supremo sobre usura en tarjetas revolving. No sustituye el análisis particular de su contrato, que realizamos en la consulta inicial.
Rellene el formulario o llámenos: le responderemos a la mayor brevedad posible.
Próximamente un asistente le orientará sobre su caso. Mientras tanto, cuéntenos su situación directamente: